1. Líneas de Convenios de Desempeño:
a) Podrán postular al concurso interno de docencia, equipos de dos o más
académicos o académicas.
b) Se aceptará como responsable del proyecto a docentes de la planta permanente
o planta especial, siempre que presten servicio a la UC Temuco con mínimo tres
años de antigüedad, ya sea a honorarios o con contrato anual, teniendo una
carga igual o superior a 22 horas, y cuenten con el patrocinio de la Escuela o
Departamento.
c) Está permitida la participación de docentes que no sean de la planta
permanente o especial en los equipos. Sin embargo, si se justifica como
necesario, sólo se les podrá asignar horas para el proyecto a través del los
fondos del mismo, y no como parte de su contrato de trabajo.
d) Un académico/a puede participar de la ejecución paralela de hasta dos
proyectos, siempre que lo haga en calidad de responsable en uno y colaborador
en otro.
e) La propuesta debe tener la autorización de la o las Unidades Académicas
respectivas.
f) La asignación horaria para la preparación y desarrollo del Proyecto se rige por
lo establecido en la Resolución DGA 23/07.
g) Los proyectos de continuidad deben presentar una evaluación de la etapa
anterior y proponer una profundización cualitativa de la experiencia lograda, o
publicación en el área.
h) Los académicos y académicas que hayan participado en concursos anteriores,
no podrán postular a nuevos proyectos, si es que tienen informes pendientes o
rechazados. Los académicos y académicas, a quienes se haya aprobado
proyectos en el año recién pasado, podrán postular en forma condicional a la
entrega y aprobación del informe del proyecto en el plazo convenido.
i) Para los Proyectos de Innovación con uso de herramientas tecnológicas se
aceptará que estos sean emprendidos desde las áreas que tienen una experticia
asociada a la línea (Biblioteca, Área TIC para el Aprendizaje), los que de todos
modos deberán ser presentados en consorcio con alguna Unidad Académica de
la Universidad.
j) Todo Proyecto de Innovación debe aportar una contraparte económica desde la
Unidad Académica no menor al 10% del monto máximo estipulado para la línea
a la que se postula.
2. Línea del Premio a la Excelencia Docente:
a) Cada Facultad, a través de su Consejo de Facultad, deberá seleccionar y
presentar a un académico/a para el Premio a la Excelencia Docente. El Comité
Asesor, con la ratificación de los Directores Generales Académico y de
Docencia, escogerá al mejor docente del año, de dicha lista de académicos. De
entre los Académicos restantes, los tres mejor evaluados recibirán un Estímulo
a la Excelencia Docente.
b) Podrán postularse al Premio a la Excelencia Docente, todos los académicos/as
de la Planta Permanente y Planta Especial (jornada completa y media jornada)
con tres o más años de antigüedad en la Universidad.
c) La propuesta de la Facultad deberá hacerse a través de una carta del Decano/a
donde se presenta al el o la candidata fundamentando la elección que la
Facultad a hecho. La presentación deberá venir respaldada por constancias,
documentos, productos y otros materiales que se estime oportuno enviar, y que
respondan a los criterios de evaluación establecidos en estas bases.
d) Las facultades podrán definir sus propios procedimientos internos para
seleccionar al docente que presentarán para el Premio a la excelencia docente.
e) No se podrá presentar al mismo docente dos años seguidos si éste ha sido
premiado el año anterior.
3. Línea de Presentación a Fondos Concursables Externos:
a) Podrán presentarse, a la línea de Postulación a Fondos Concursables Externos,
todos los académicos y académicas, planta permanente y jornada completa
planta especial, que demuestren, mediante carta del Director/a de Escuela o
Decano/a, que se encuentran trabajando en la preparación de una postulación
a alguno de los fondos externos existentes en el área de la Educación.
b) Los fondos que se otorguen a los docentes en esta línea, sólo financiarán
pasajes y estadía para el desarrollo de las reuniones de los docentes
responsables (coordinador del proyecto y alterno), de proyectos en red
(consorcios) o asociados.
4. Estímulo a Proyecto Externo Ganado:
a) Podrán postular todos los académicos y académicas, individualmente o en
equipo, que hayan adjudicado proyectos o fondos externos, concursables o de
adjudicación o negociación directa, cuyo objetivo central sea el mejoramiento
de la docencia.
b) El Director/a del Proyecto deberá acreditar ante la Comisión, mediante carta
firmada y documentación de respaldo, la obtención del Proyecto y su
contribución al mejoramiento de la docencia.
c) El estímulo será repartido en forma proporcional a los montos adjudicados en el
proyecto, entre los Proyectos que sean elegibles por la Comisión.
d) Tratándose de dos o más autores deberá presentarse a la Comisión, en la carta
de postulación, el acuerdo de los mismos respecto de la distribución del
eventual estímulo.
e) El Comité Asesor podrá redestinar parte de los fondos a otra área en caso de
una baja presentación de postulaciones. El estímulo mínimo por la adjudicación
de un MECE será de $500.000 y de $100.000 para otro tipo de fondos. El monto
mínimo adjudicado debe ser superior a $1 millón de pesos.
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