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 La charla contó con las exposiciones de 4 abogados expertos en diversas áreas del Derecho Civil.
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Lleno total en I Jornada de Responsabilidad Civil de Escuela de Derecho
2010-05-05 10:34:33
Autoridades, invitados especiales y el alumnado de la UC Temuco estuvieron presentes en esta actividad académica. |
La Escuela de Derecho de la Universidad Católica de Temuco analizó la temática de la Responsabilidad Civil en la Primera Jornada destinada a esta materia. El evento contó con una amplísima participación de estudiantes y profesionales del área del Derecho, debido a la relevancia y contingencia de los temas tratados.
Los expositores del evento fueron Hernán Corral Talciani, Doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, Mauricio Tapia Rodríguez, Master en derecho privado de la Université de Paris. José Miguel Fernández Vergara, Magíster en Derecho Público y Magíster en Ciencia Política y Luis Iván Díaz García, Doctor en Derecho Universidad Carlos III de Madrid, España. Las presentaciones tocaron el problema de la responsabilidad civil, desde el punto de vista de la construcción, el Estado, la medicina y la justicia.
Hernán Corral, abogado y profesor titular de Derecho Civil de la Universidad de Los Andes, se refirió a su participación en la Jornada: “Estoy muy contento de estar en la Universidad Católica de Temuco y es la primera vez que vengo para acá a esta Escuela de Derecho. El tema que vengo a exponer es el de la responsabilidad civil de las empresas en la construcción, con referencia muy atingente a los hechos recientes del terremoto del 27 de febrero. Entonces, la idea es determinar cuáles son los regímenes jurídicos aplicables, cuáles serían los posibles responsables, qué herramientas jurídicas tienen las víctimas, los afectados, y también las defensas de los posibles demandados”.
Cabe precisar que la responsabilidad civil es la obligación que tiene una persona, de indemnizar el daño que ella ha causado de manera injusta. Cualquier persona, si causa un daño a otra injustamente, tiene que indemnizarlo y repararlo; el Estado también es un agente que actúa en la vida en sociedad, por lo tanto, si el Estado a través de sus órganos, de sus funcionarios, provoca un daño de manera injustificada, también debe repararlo e indemnizarlo. En ese sentido, se puede hablar de responsabilidad civil, en contraposición con la responsabilidad penal, que se da cuando hay un delito castigado con sanciones penales. Aquí, la responsabilidad civil es cuando se produce un daño que es necesario reparar y que normalmente se traduce en una indemnización en dinero. |
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